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Lista Robinson

Hoy, 29 de junio 2023, en España, es el día establecido por la nueva Ley General de Telecomunicaciones en su articulo 66 para poner fin a las llamadas comerciales, o llamadas spam, sin un consentimiento previo. Pero no está del todo claro que dejemos de recibir llamadas ofreciéndonos productos y cambios de tarifa, hay un apartado que legitima las llamas comerciales siempre y cuando exista un "interés legítimo". 

¿Pero que se entiendo por interés legitimo?

... En relación con la base jurídica del interés legítimo, se considera necesario 

establecer criterios que faciliten la realización de la ponderación por el responsable 

teniendo en cuenta la finalidad restrictiva de la nueva regulación, estableciéndose una 

presunción iuris tantum (sólo de derecho) de prevalencia del interés legítimo del responsable que operará 

en los supuestos en los que se cumplan los requisitos contenidos en la misma, y que se 

corresponden con los contemplados en el artículo 21.2 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, 

de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, al existir 

identidad de razón. La ausencia de alguno de los requisitos señalados impedirá que 

opere la citada presunción. Asimismo, se especifica que dicha presunción no ampara la 

comunicación de los datos personales a otras empresas del grupo con fines comerciales, 

al requerir este tratamiento el consentimiento específico previo del usuario.

Por otro lado, se especifica que la nueva regulación introducida por el artículo 66.1.b) 

de la Ley 11/2022, de 28 de junio ha venido a poner fin a la práctica generalizada de 

realizar llamadas comerciales a números generados de forma aleatoria sin el 

consentimiento previo del usuario, al no poder valorarse en estos supuestos, dada la 

ausencia de otros datos personales, la posible prevalencia de los intereses, derechos y 

libertades de los afectados ....

Resumiendo:

Si eras cliente desde hace menos de 12 meses. Para que la empresa pueda justificar el interés legítimo tiene que haber tenido una relación previa con el cliente y que el producto o servicio que quiera ofrecer sea similar al que hubiéramos tenido contratado anteriormente. También debe ser la misma empresa y no otra, aunque pertenezca al mismo grupo empresarial.

 


¿Qué es el servicio de listas Robinson?

Es un servicio gratuito de exclusión publicitaria, a disposición de los consumidores, que tiene como objetivo disminuir la publicidad que éstos reciben.

El Servicio de Lista Robinson se enmarca en el ámbito de la publicidad personalizada, es decir, aquella publicidad que recibe un usuario direccionada a su nombre.

Para el progreso de la actividad económica, el tratamiento de datos de carácter personal es vital. En particular, los tratamientos de datos con fines publicitarios se reconocen en el Reglamento (UE) 2016/679.

 

Captura de pantalla pagina principal Lista Robinson


 

La Lista Robinson es un servicio gratuito fácil y sencillo que una vez que nos demos de alta dejaremos de recibir publicidad: teléfono, correo postal, correo electrónico o SMS/MMS. Al inscribirte, solo podrán enviarte publicidad las empresas a las que hayas dado tu consentimiento.

Con el nuevo reglamento que se aplica hoy, solo si hemos expresado nuestro consentimiento, recibiremos llamadas de publicidad. Y, estar inscrito en la Lista Robinson les estamos expresando a las empresas de marketing que no queremos recibir ninguna clase se publicidad, salvo que demos nuestra aprobación.


Como insertar imagen QR de tu pagina web

Los códigos QR (Quick Response code) nos permiten entre otras informaciones, compartir direcciones web que puedan ser capturadas por dispositivos móviles. 

Si quieres que los visitantes de Blog o pagina web, dispongan una forma sencilla de acceder a tus publicaciones a través de, por ejemplo, su teléfono móvil puedes utilizar este código HTML, que mostrara una imagen con el código QR del enlace que este visitando en ese momento tu seguidor.

Utilizaremos la API gratuita Google Charts

<!DOCTYPE html>

<html> <head> <title>Ejemplo de código QR</title> </head> <body> <div id="qr"></div> <script type="text/javascript"> window.onload = function() { var dir = window.document.URL; document.getElementById('qr').innerHTML = '<img src="https://chart.googleapis.com/chart?chs=150x150&cht=qr&chl=' + dir + '" width="150" height="150">'; } </script> </body> </html>

Con este código no mostrara un imagen de 150x150 pixel mostrando el código QR de la pagina web que se muestra en ese momento.

Imagen de ejemplo:

https://chart.googleapis.com/chart?chs=150x150&cht=qr&chl=https://www.enfaseterminal.com/2023/04/como-insertar-imagen-qr-de-tu-pagina-web.html


Codigo QR enlace: https://www.enfaseterminal.com/2023/04/como-insertar-imagen-qr-de-tu-pagina-web.html


<div id="qr"></div> <script type="text/javascript"> window.onload = function() { var dir = window.document.URL; document.getElementById('qr').innerHTML = '<img src="https://chart.googleapis.com/chart?chs=150x150&cht=qr&chl=' + dir + '" width="150" height="150">'; } </script>

Comienzas las pruebas del sistema de alerta a la población RAN-PWS

Como ha anunciado en su cuenta de Twitter la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, Ministerio del Interior. Algunos usuarios están recibiendo una notificación en sus teléfonos móviles con un mensaje en pruebas del sistema de alerta a la población RAN-PWS.

Sistema de alerta masiva a la población

A partir de junio de 2022 está previsto su despliegue total y permitirá que las autoridades puedan informar de situaciones de emergencia a través de los teléfonos móviles que se encuentren dentro del área afectada por la alerta. Que ponga en peligro a personas y/o bienes materiales. Todo ello se encuentra regulado según:


El artículo 12 de la Ley 17/2015, de 9 de Julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, dicta la existencia de la Red de Alerta Nacional de Protección Civil:

  • Se crea la Red de Alerta Nacional de Protección Civil como sistema de comunicación de avisos de emergencia a las autoridades competentes en materia de protección civil, sin perjuicio de las competencias de las comunidades autónomas, a fin de que los servicios públicos esenciales y los ciudadanos estén informados ante cualquier amenaza de emergencia.
  • La gestión de la Red corresponderá al Ministerio del Interior, a través del Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación de Emergencias de Protección Civil.
  • Todos los organismos de las Administraciones Públicas que puedan contribuir a la detección, seguimiento y previsión de amenazas de peligro inminente para las personas y bienes comunicarán de inmediato al Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación de Emergencias de Protección Civil cualquier situación de la que tengan conocimiento que pueda dar lugar a una emergencia de protección civil.
  • Los órganos competentes de coordinación de emergencias de las comunidades autónomas serán cauce tanto para la información de las emergencias de protección civil al Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación de Emergencias de Protección Civil, como para la transmisión de la alerta a quien corresponda.

Esta tecnología, que llegará a cualquier parte del territorio español con cobertura de telefonía móvil , ya sea 2G (GSM), 3G (UMTS), 4G (LTE) o 5G.